Consiste en una ayuda económica otorgada por el Estado a los discapacitados mayores de 18 años pertenecientes a grupos familiares carentes de recursos, y que estén inhabilitados para acogerse a pensión en algún sistema formal de previsión. El ingreso mensual del postulante y por persona de su grupo familiar no debe ser superior al 50% de la pensión mínima.Este beneficio no es de duración indefinida y tampoco tiene carácter de jubilación. Las pensiones asistenciales son transitorias y se mantienen en tanto persistan las condiciones que dieron origen a éste.
¿Que requisitos hay que cumplir para optar a una Pensión Asistencial de Invalidez?
Tener mas de 18 años al presentar la solicitud
Ser discapacitado estar inscrito en la COMPIN
Tener a lo menos dos tercios de incapacidad física o mentalSer carente de recursos, no tener previsión social ni estar recibiendo ningún tipo de pensión.
Llenar la Ficha CAS 2 en la Municipalidad de la Comuna de residencia.
Tener su Cedula de Identidad vigente
Presentar Certificado de Nacimiento o bautismo cuando proceda.
¿Qué beneficios otorga esta pensión?
En primer lugar, otorga una pensión mensual cuyo valor mínimo es de $32.713._ Es pagada por el INP, a contar del mes siguiente a la selección del beneficiario. El monto de esta pensión se reajusta anualmente en el 100% del IPC acumulado del año anterior. También da derecho a una asignación por muerte, a atención y asistencia médica gratuita en consultorios y hospitales del Servicio Nacional de Salud y finalmente, da derecho a asignación familiar por las cargas familiares del beneficiario.
¿Cuánto dura este beneficio?
Este beneficio se cancela mientras se mantenga la condición de carencia de recursos y las características socioeconómicas que dieron origen a éste.
¿Tiene algún costo obtener este beneficio?
No tiene costos para el beneficiario.
¿Dónde se debe postular?
En la Municipalidad de la comuna donde resida el postulante.
¿Que requisitos hay que cumplir para optar a una Pensión Asistencial de Invalidez?
Tener mas de 18 años al presentar la solicitud
Ser discapacitado estar inscrito en la COMPIN
Tener a lo menos dos tercios de incapacidad física o mentalSer carente de recursos, no tener previsión social ni estar recibiendo ningún tipo de pensión.
Llenar la Ficha CAS 2 en la Municipalidad de la Comuna de residencia.
Tener su Cedula de Identidad vigente
Presentar Certificado de Nacimiento o bautismo cuando proceda.
¿Qué beneficios otorga esta pensión?
En primer lugar, otorga una pensión mensual cuyo valor mínimo es de $32.713._ Es pagada por el INP, a contar del mes siguiente a la selección del beneficiario. El monto de esta pensión se reajusta anualmente en el 100% del IPC acumulado del año anterior. También da derecho a una asignación por muerte, a atención y asistencia médica gratuita en consultorios y hospitales del Servicio Nacional de Salud y finalmente, da derecho a asignación familiar por las cargas familiares del beneficiario.
¿Cuánto dura este beneficio?
Este beneficio se cancela mientras se mantenga la condición de carencia de recursos y las características socioeconómicas que dieron origen a éste.
¿Tiene algún costo obtener este beneficio?
No tiene costos para el beneficiario.
¿Dónde se debe postular?
En la Municipalidad de la comuna donde resida el postulante.
4 comentarios:
si bien existe una pension pasis
es para 18 años que pasa con los discapacitados menores que requieren de remedios y pañales y otros tratamientos no tienen derechos
las personas que trabajamos y somos discapacitados tenemos algún beneficio monetario o pensión aun si estamos imponiendo en una AFP?
ES MUY BAJA LA PENSION Y NO ABARCA PARA LOS MENORES DE EDAD.
Si bien todo ayuda, es muy cierto que esto deja en desamparo a los discapacitados menores de 18 años, espero esto se pueda solucionar, igual de rápido como cuando nuestros representantes les toca subir su sueldos
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