Consejo de Discapacidad de Las Condes
"Informate con Nosotros"
Se considera persona con discapacidad a todas aquéllas que, como consecuencia de una o mas deficiencias físicas, psíquicas o sensoriales, congénitas o adquiridas, previsiblemente de carácter permanente y con independencia de la causa que le hubiera originado, vea obstaculizada, en a lo menos un tercio, su capacidad educativa, laboral o de integración Social.
La forma de referirse a ellos es PERSONA CON DISCAPACIDAD.
La forma de referirse a ellos es PERSONA CON DISCAPACIDAD.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario