Consejo de Discapacidad de Las Condes

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Se considera persona con discapacidad a todas aquéllas que, como consecuencia de una o mas deficiencias físicas, psíquicas o sensoriales, congénitas o adquiridas, previsiblemente de carácter permanente y con independencia de la causa que le hubiera originado, vea obstaculizada, en a lo menos un tercio, su capacidad educativa, laboral o de integración Social.

La forma de referirse a ellos es PERSONA CON DISCAPACIDAD.

jueves, 31 de enero de 2008

¿Que es una Pensión Asistencial (PASIS) de Invalidez?

Consiste en una ayuda económica otorgada por el Estado a los discapacitados mayores de 18 años pertenecientes a grupos familiares carentes de recursos, y que estén inhabilitados para acogerse a pensión en algún sistema formal de previsión. El ingreso mensual del postulante y por persona de su grupo familiar no debe ser superior al 50% de la pensión mínima.Este beneficio no es de duración indefinida y tampoco tiene carácter de jubilación. Las pensiones asistenciales son transitorias y se mantienen en tanto persistan las condiciones que dieron origen a éste.


¿Que requisitos hay que cumplir para optar a una Pensión Asistencial de Invalidez?

Tener mas de 18 años al presentar la solicitud

Ser discapacitado estar inscrito en la COMPIN

Tener a lo menos dos tercios de incapacidad física o mentalSer carente de recursos, no tener previsión social ni estar recibiendo ningún tipo de pensión.

Llenar la Ficha CAS 2 en la Municipalidad de la Comuna de residencia.

Tener su Cedula de Identidad vigente

Presentar Certificado de Nacimiento o bautismo cuando proceda.


¿Qué beneficios otorga esta pensión?

En primer lugar, otorga una pensión mensual cuyo valor mínimo es de $32.713._ Es pagada por el INP, a contar del mes siguiente a la selección del beneficiario. El monto de esta pensión se reajusta anualmente en el 100% del IPC acumulado del año anterior. También da derecho a una asignación por muerte, a atención y asistencia médica gratuita en consultorios y hospitales del Servicio Nacional de Salud y finalmente, da derecho a asignación familiar por las cargas familiares del beneficiario.

¿Cuánto dura este beneficio?

Este beneficio se cancela mientras se mantenga la condición de carencia de recursos y las características socioeconómicas que dieron origen a éste.

¿Tiene algún costo obtener este beneficio?

No tiene costos para el beneficiario.

¿Dónde se debe postular?

En la Municipalidad de la comuna donde resida el postulante.

4 comentarios:

Anónimo dijo...

si bien existe una pension pasis
es para 18 años que pasa con los discapacitados menores que requieren de remedios y pañales y otros tratamientos no tienen derechos

Anónimo dijo...

las personas que trabajamos y somos discapacitados tenemos algún beneficio monetario o pensión aun si estamos imponiendo en una AFP?

Anónimo dijo...

ES MUY BAJA LA PENSION Y NO ABARCA PARA LOS MENORES DE EDAD.

Unknown dijo...

Si bien todo ayuda, es muy cierto que esto deja en desamparo a los discapacitados menores de 18 años, espero esto se pueda solucionar, igual de rápido como cuando nuestros representantes les toca subir su sueldos