Consejo de Discapacidad de Las Condes

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Se considera persona con discapacidad a todas aquéllas que, como consecuencia de una o mas deficiencias físicas, psíquicas o sensoriales, congénitas o adquiridas, previsiblemente de carácter permanente y con independencia de la causa que le hubiera originado, vea obstaculizada, en a lo menos un tercio, su capacidad educativa, laboral o de integración Social.

La forma de referirse a ellos es PERSONA CON DISCAPACIDAD.

jueves, 31 de enero de 2008

¿Qué documentos se deben llevar para solicitar la inscripción?

Para solicitar la inscripción se debe presentar: Formulario de presentación llenado por el médico tratante Certificado de Nacimiento Fotocopia de la Cédula de Identidad Certificado de Residencia, extendido por Carabineros y, en algunos casos, extendido por la Junta de Vecinos. Antecedentes Médicos, exámenes, dependiendo de la discapacidad.

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